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Legislando con las patas
Por EDUARDO MARTÍNEZ BENAVENTE
Enero 15, 2011
El próximo presidente municipal tendrá que enfrentar de inmediato una aguda crisis de liquidez originada por los irresponsables pasivos y obligaciones que ha contraído y que seguramente seguirá contrayendo en estos últimos meses la administración de la aspirante al Senado Victoria Labastida, quien hará hasta lo imposible por ocultarlos o minimizarlos.
El que la suceda en el cargo le tocará administrar las miserias presupuestales que podrían quedar después de pagar una pesadísima nómina burocrática, bancos, abonar a una larga lista de proveedores y acreedores y cubrir hasta donde alcance un gasto corriente incontrolable; pero lo más dramático del siguiente trienio será que no habrá más recursos de dónde jalar para cubrir las inaplazables demandas de servicios y obras que reclaman la ciudadanía porque sus principales fuentes de ingresos están agotadas: el tope de endeudamiento permitido por la Ley ya rebasó el 20% de los ingresos presupuestados y nadie podrá prestarle más dinero; los contribuyentes cumplidos ya no soportarían más gravámenes, a los morosos y evasores los tienen sin cuidado los incrementos o los nuevos impuestos que se les puedan ocurrir, pues de ninguna manera los pagan; y los ingresos propios que recauda el municipio se verán seriamente mermados por las reducciones o subsidios autorizados en el pago de varias de las contribuciones más importantes que cobra la tesorería municipal.
El Ayuntamiento de San Luis Potosí logró que el Congreso del Estado, violando disposiciones constitucionales y sin cuidar las más elementales técnicas legislativas como era la de adecuar primero la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado antes de que entraran en vigor las reducciones o exenciones parciales de impuestos y derechos, aprobara el 13 de diciembre su proyecto de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal del 2012. Concretamente en el artículo noveno transitorio de esta Ley se acumulan tal número de aberraciones jurídicas que estamos obligados a denunciarlas. Con el argumento de alentar las inversiones productivas y crear más empleos en la capital potosina, pero más con la intención de generar simpatías y adeptos para la causa priista ante la proximidad de la jornada electoral, como lo demuestra también el hecho de que no se atrevieran a incrementar los valores catastrales de los inmuebles, -como si lo hizo el municipio de Soledad- no obstante que han transcurrido más de dos años del último aumento y que de acuerdo a la Ley de Catastro era obligatorio actualizarlos, se autorizó una reducción del 50% a la tasa establecida para el pago del Impuesto Predial y del Impuesto sobre Adquisición de Bienes Inmuebles, así como de los derechos por otorgamiento de licencias de construcción, subdivisiones, fusiones, relotificaciones, entre otros actos jurídicos, a todas aquellas personas físicas y morales, que instalaran en el municipio, micro, pequeñas, medianas y grandes empresas, instituciones educativas e instituciones de salud que generaran nuevas fuentes de trabajo, sin analizar las consecuencias que causarían estos descuentos en la hacienda municipal, y sin proponer otras fuentes de ingresos o medidas disciplinarias de ahorro en el gasto público que pudieran mitigar el impacto de este sacrificio tributario. Nada les hubiera costado a los diputados asomarse por un momento a la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado para darse cuenta que las otras reducciones a que se refiere la Ley de Ingresos si están sustentadas en este ordenamiento; pues sin este requisito no se podrán aplicar.
No les importó a los diputados, al aprobar la nueva Ley de Ingresos municipales, que la fracción IV, inciso c) del artículo 114 de la Constitución del Estado prohíba expresamente cualquier subsidio, exención, descuento, estímulo o como lo quieran llamar que afecte o reduzca las contribuciones que existen sobre la propiedad inmobiliaria, salvo cuando se trate de bienes del dominio público. Esto quiere decir que el Impuesto Predial, el de Adquisición de Inmuebles, el que se paga por la autorización de un fraccionamiento, la división de un inmueble, entre otros, son intocables. El regidor Gonzalo Benavente les advirtió a los miembros del Cabildo en la sesión que celebraron el 15 de noviembre, que las leyes locales no pueden establecer exenciones o subsidios respecto a estos ingresos; y señaló el riesgo de que al tesorero municipal se le otorgaran facultades discrecionales para aprobar o negar las reducciones de los solicitantes en un artículo oscuro, confuso e ilegal. Como está redactado el artículo, cualquier persona que le presente al tesorero una solicitud en la que manifieste que va a instalar una negociación y le asegure que se le va a dar trabajo a 2 o más personas, tendrá derecho a gozar de tales beneficios, si es que el tesorero así lo autoriza. Habría que acreditar también la adquisición del terreno o la construcción correspondiente.
Tampoco les importó a los diputados que en una Ley de vigencia anual, como la de Ingresos, que quedará sin efectos después del 31 de diciembre de 2012, se asumieran ilegalmente compromisos por los siguientes 5 años que afectarán los ingresos de las siguientes administraciones al haberse otorgado incentivos fiscales que reducen hasta en un 50% el pago del Impuesto Predial y los derechos de refrendo de licencia de funcionamiento y de uso de suelo que podrían beneficiar a todas aquellas personas que lo soliciten con actividades comerciales, industriales y de servicios, entre otras, que amplíen sus inversiones durante este ejercicio y crean nuevas fuentes de trabajo. Si los empresarios de la zona industrial aprovechan estos estímulos estarían renunciando a cualquier derecho que les asista para exigirle al municipio la regeneración de las vialidades que tanto demandan, así como la reparación del alumbrado, vigilancia y otros servicios, pues si hay una buena difusión del contenido de esta Ley, seguramente que serán muchos los inversionistas que le pagarán una bicoca de impuestos a un municipio quebrado y paralizado.
Enero 15, 2011
El próximo presidente municipal tendrá que enfrentar de inmediato una aguda crisis de liquidez originada por los irresponsables pasivos y obligaciones que ha contraído y que seguramente seguirá contrayendo en estos últimos meses la administración de la aspirante al Senado Victoria Labastida, quien hará hasta lo imposible por ocultarlos o minimizarlos.
El que la suceda en el cargo le tocará administrar las miserias presupuestales que podrían quedar después de pagar una pesadísima nómina burocrática, bancos, abonar a una larga lista de proveedores y acreedores y cubrir hasta donde alcance un gasto corriente incontrolable; pero lo más dramático del siguiente trienio será que no habrá más recursos de dónde jalar para cubrir las inaplazables demandas de servicios y obras que reclaman la ciudadanía porque sus principales fuentes de ingresos están agotadas: el tope de endeudamiento permitido por la Ley ya rebasó el 20% de los ingresos presupuestados y nadie podrá prestarle más dinero; los contribuyentes cumplidos ya no soportarían más gravámenes, a los morosos y evasores los tienen sin cuidado los incrementos o los nuevos impuestos que se les puedan ocurrir, pues de ninguna manera los pagan; y los ingresos propios que recauda el municipio se verán seriamente mermados por las reducciones o subsidios autorizados en el pago de varias de las contribuciones más importantes que cobra la tesorería municipal.
El Ayuntamiento de San Luis Potosí logró que el Congreso del Estado, violando disposiciones constitucionales y sin cuidar las más elementales técnicas legislativas como era la de adecuar primero la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado antes de que entraran en vigor las reducciones o exenciones parciales de impuestos y derechos, aprobara el 13 de diciembre su proyecto de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal del 2012. Concretamente en el artículo noveno transitorio de esta Ley se acumulan tal número de aberraciones jurídicas que estamos obligados a denunciarlas. Con el argumento de alentar las inversiones productivas y crear más empleos en la capital potosina, pero más con la intención de generar simpatías y adeptos para la causa priista ante la proximidad de la jornada electoral, como lo demuestra también el hecho de que no se atrevieran a incrementar los valores catastrales de los inmuebles, -como si lo hizo el municipio de Soledad- no obstante que han transcurrido más de dos años del último aumento y que de acuerdo a la Ley de Catastro era obligatorio actualizarlos, se autorizó una reducción del 50% a la tasa establecida para el pago del Impuesto Predial y del Impuesto sobre Adquisición de Bienes Inmuebles, así como de los derechos por otorgamiento de licencias de construcción, subdivisiones, fusiones, relotificaciones, entre otros actos jurídicos, a todas aquellas personas físicas y morales, que instalaran en el municipio, micro, pequeñas, medianas y grandes empresas, instituciones educativas e instituciones de salud que generaran nuevas fuentes de trabajo, sin analizar las consecuencias que causarían estos descuentos en la hacienda municipal, y sin proponer otras fuentes de ingresos o medidas disciplinarias de ahorro en el gasto público que pudieran mitigar el impacto de este sacrificio tributario. Nada les hubiera costado a los diputados asomarse por un momento a la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado para darse cuenta que las otras reducciones a que se refiere la Ley de Ingresos si están sustentadas en este ordenamiento; pues sin este requisito no se podrán aplicar.
No les importó a los diputados, al aprobar la nueva Ley de Ingresos municipales, que la fracción IV, inciso c) del artículo 114 de la Constitución del Estado prohíba expresamente cualquier subsidio, exención, descuento, estímulo o como lo quieran llamar que afecte o reduzca las contribuciones que existen sobre la propiedad inmobiliaria, salvo cuando se trate de bienes del dominio público. Esto quiere decir que el Impuesto Predial, el de Adquisición de Inmuebles, el que se paga por la autorización de un fraccionamiento, la división de un inmueble, entre otros, son intocables. El regidor Gonzalo Benavente les advirtió a los miembros del Cabildo en la sesión que celebraron el 15 de noviembre, que las leyes locales no pueden establecer exenciones o subsidios respecto a estos ingresos; y señaló el riesgo de que al tesorero municipal se le otorgaran facultades discrecionales para aprobar o negar las reducciones de los solicitantes en un artículo oscuro, confuso e ilegal. Como está redactado el artículo, cualquier persona que le presente al tesorero una solicitud en la que manifieste que va a instalar una negociación y le asegure que se le va a dar trabajo a 2 o más personas, tendrá derecho a gozar de tales beneficios, si es que el tesorero así lo autoriza. Habría que acreditar también la adquisición del terreno o la construcción correspondiente.
Tampoco les importó a los diputados que en una Ley de vigencia anual, como la de Ingresos, que quedará sin efectos después del 31 de diciembre de 2012, se asumieran ilegalmente compromisos por los siguientes 5 años que afectarán los ingresos de las siguientes administraciones al haberse otorgado incentivos fiscales que reducen hasta en un 50% el pago del Impuesto Predial y los derechos de refrendo de licencia de funcionamiento y de uso de suelo que podrían beneficiar a todas aquellas personas que lo soliciten con actividades comerciales, industriales y de servicios, entre otras, que amplíen sus inversiones durante este ejercicio y crean nuevas fuentes de trabajo. Si los empresarios de la zona industrial aprovechan estos estímulos estarían renunciando a cualquier derecho que les asista para exigirle al municipio la regeneración de las vialidades que tanto demandan, así como la reparación del alumbrado, vigilancia y otros servicios, pues si hay una buena difusión del contenido de esta Ley, seguramente que serán muchos los inversionistas que le pagarán una bicoca de impuestos a un municipio quebrado y paralizado.