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Va de nuevo p'atrás
Por EDUARDO MARTÍNEZ BENAVENTE
Julio 24, 2011
Desde la crisis que enfrentó el Congreso del Estado en 1991, con motivo de la aceptación de la renuncia de Fausto Zapata a la gubernatura del Estado -que nuestra Constitución no preveía- y la obligada designación de Gonzalo Martínez Corbalá, como gobernador interino; pasando por los aciagos días en los que la LVII Legislatura reprobó en el 2004 la última cuenta pública del ex gobernador Fernando Silva Nieto, la primera en la historia potosina, pese a las resistencias de los diputados priistas y del panista Eugenio Govea; el Poder Legislativo no había padecido un conflicto tan vergonzoso y desgastante como en el que ahora se ve envuelto porque tendrá que repetir una vez más, en menos de 40 días, la designación de los consejeros electorales, ya que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideró que se incumplió lo previsto en la Convocatoria para la designación de los árbitros electorales, dado que la evaluación en experiencia laboral y formación académica en esta materia debían ser los requisitos primordiales para calificar a los aspirantes a esos cargos. De tal manera que sólo 68 de los 128 candidatos que tienen estos antecedentes deberán considerarse como viables para desempeñar esa función.
Les recordaremos a los potosinos, una y otra vez, la fallida y ruin negociación de los diputados Alfonso Castillo Machuca, Pedro Pablo Cepeda, Oscar Bautista y Jesús Ramírez Stabros, por hacerse del control del organismo electoral, que terminó en un verdadero desastre, cuando en el 2012 salgan a limosnear los votos de los electores para brincar a otro cargo de elección popular.
Los 6 magistrados del TEPJF que se pronunciaron por unanimidad atendiendo sólo el agravio de la evaluación que hicieron valer los ciudadanos Javier Montalvo Pérez, José Martín Faz Mora y Alfonso Normandía Barrios, consideraron que con esta violación a sus derechos político electorales era suficiente para revocar el decreto 571, publicado apenas el 16 de junio de 2011, en el que se hizo constar el nombramiento de los nuevos consejeros, así mismo quedó sin efectos el acuerdo de la Comisión Especial para la Reforma del Estado, por el que se establecieron las bases y métodos de evaluación, que se utilizaron para calificar a los participantes en el procedimiento de elección. En consecuencia se ordenó al Congreso del Estado reponer, de inmediato, el procedimiento desde la emisión de las bases y métodos de evaluación de los aspirantes a Consejeros Ciudadanos, así como la integración de la lista, para lo cual deberán establecer criterios objetivos, siguiendo los parámetros expuestos en la sentencia para determinar preponderantemente que los candidatos a Consejeros Ciudadanos, serán aquellos participantes que tengan experiencia laboral y la formación académica vinculadas necesariamente con la materia electoral.
Hubiera sido de mayor trascendencia que este alto tribunal hubiera corregido también los excesos en que incurrieron los diputados en su convocatoria, ordenado la reposición de todo el procedimiento, desde la misma convocatoria, para suprimir los requisitos de experiencia laboral y la formación académica en materia electoral que al margen de la Ley les exigieron a los candidatos porque desvirtúan la esencia ciudadana de los consejeros electorales a los que no se les debía exigir otra cosa que tener un modo honesto de vivir y demostrar valor civil para enfrentarse a las asechanzas e intereses de los dirigentes de los partidos políticos y diputados. De esta manera el Consejo Estatal Electoral (CEE) estará conformado, no por simple ciudadanos, sino por ex burócratas electorales que son los únicos que pueden satisfacer tales exigencias. No me extrañaría que algunos de los que creen que merecen ocupar las primeras 9 posiciones en el CEE, de nueva cuenta, si no son electos, vuelvan a recurrir al TEPJF a promover otro juicio para la protección de sus derechos político electorales argumentando que son mejores que los electos; por lo que ante una situación de caos e incertidumbre como esta, el IFE se haga cargo del proceso electoral potosino en el 2012.
Martín Faz fue el único que advirtió a los magistrados que la convocatoria contiene elementos que van más allá de los legalmente exigibles, como es la experiencia en materia electoral, y que en ningún momento se precisó qué valor y a qué método de calificación se someterían esos requisitos. La Sala Superior resolvió que su observación era inoperante, toda vez que el enjuiciante debió controvertir en el momento procesal oportuno, la citada Convocatoria, sin haberlo hecho; y que por lo tanto, al aceptar las condiciones y términos precisados en la misma, se sometió al procedimiento de selección de Consejeros ciudadanos, al participar como aspirante y, en consecuencia, ante la falta de impugnación oportuna es claro que la consintió tácitamente.
Tampoco me extrañaría que como represalia en contra de Alfonso Normandía, el principal promotor de esta nueva embestida, lo dejen fuera de la lista de los candidatos que se llevará al Pleno, argumentando que plagió una buena parte del ensayo que presentó para cumplir con los requisitos de la convocatoria, como quedó documentalmente exhibido, y que ante esta falta de probidad no puede ocupar un cargo en el que se exige credibilidad y confianza. Lo mismo le puede ocurrir al también plagiario y ex vocal ejecutivo del IFE en San Luis Potosí y Aguascalientes, Héctor Gerardo Hernández Rodríguez, quien bajo estas nuevas reglas sería el candidato mejor calificado; aunque el recurso más efectivo con el que cuentan los diputados para ahuyentar a la mayoría de los aspirantes es suprimiendo sus remuneraciones en el presupuesto de egresos del próximo año, para que en esas condiciones los consejeros electorales vuelvan a sus orígenes, cuando sus posiciones eran honoríficas y no se les retribuía económicamente.
El TEPJF ya no quiso entrar a resolver el fondo de todos los otros agravios que se plantearon en la demanda, sin embargo coincidió en las descalificaciones que hicieron Alfonso Normandía y José Montalvo Pérez, en el sentido de que los consejeros ciudadanos electos Gabriel Guerra Malacara,Rosa Jimena Gómez Jimeno,Miguel Maya Romero, Flor de María Salazar Mendoza yGuillermo Gerardo Castro Patton no tienen experiencia laboral en materia electoral y por lo tanto son inelegibles porque no cumplen con los requisitos de la convocatoria.
Julio 24, 2011
Desde la crisis que enfrentó el Congreso del Estado en 1991, con motivo de la aceptación de la renuncia de Fausto Zapata a la gubernatura del Estado -que nuestra Constitución no preveía- y la obligada designación de Gonzalo Martínez Corbalá, como gobernador interino; pasando por los aciagos días en los que la LVII Legislatura reprobó en el 2004 la última cuenta pública del ex gobernador Fernando Silva Nieto, la primera en la historia potosina, pese a las resistencias de los diputados priistas y del panista Eugenio Govea; el Poder Legislativo no había padecido un conflicto tan vergonzoso y desgastante como en el que ahora se ve envuelto porque tendrá que repetir una vez más, en menos de 40 días, la designación de los consejeros electorales, ya que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideró que se incumplió lo previsto en la Convocatoria para la designación de los árbitros electorales, dado que la evaluación en experiencia laboral y formación académica en esta materia debían ser los requisitos primordiales para calificar a los aspirantes a esos cargos. De tal manera que sólo 68 de los 128 candidatos que tienen estos antecedentes deberán considerarse como viables para desempeñar esa función.
Les recordaremos a los potosinos, una y otra vez, la fallida y ruin negociación de los diputados Alfonso Castillo Machuca, Pedro Pablo Cepeda, Oscar Bautista y Jesús Ramírez Stabros, por hacerse del control del organismo electoral, que terminó en un verdadero desastre, cuando en el 2012 salgan a limosnear los votos de los electores para brincar a otro cargo de elección popular.
Los 6 magistrados del TEPJF que se pronunciaron por unanimidad atendiendo sólo el agravio de la evaluación que hicieron valer los ciudadanos Javier Montalvo Pérez, José Martín Faz Mora y Alfonso Normandía Barrios, consideraron que con esta violación a sus derechos político electorales era suficiente para revocar el decreto 571, publicado apenas el 16 de junio de 2011, en el que se hizo constar el nombramiento de los nuevos consejeros, así mismo quedó sin efectos el acuerdo de la Comisión Especial para la Reforma del Estado, por el que se establecieron las bases y métodos de evaluación, que se utilizaron para calificar a los participantes en el procedimiento de elección. En consecuencia se ordenó al Congreso del Estado reponer, de inmediato, el procedimiento desde la emisión de las bases y métodos de evaluación de los aspirantes a Consejeros Ciudadanos, así como la integración de la lista, para lo cual deberán establecer criterios objetivos, siguiendo los parámetros expuestos en la sentencia para determinar preponderantemente que los candidatos a Consejeros Ciudadanos, serán aquellos participantes que tengan experiencia laboral y la formación académica vinculadas necesariamente con la materia electoral.
Hubiera sido de mayor trascendencia que este alto tribunal hubiera corregido también los excesos en que incurrieron los diputados en su convocatoria, ordenado la reposición de todo el procedimiento, desde la misma convocatoria, para suprimir los requisitos de experiencia laboral y la formación académica en materia electoral que al margen de la Ley les exigieron a los candidatos porque desvirtúan la esencia ciudadana de los consejeros electorales a los que no se les debía exigir otra cosa que tener un modo honesto de vivir y demostrar valor civil para enfrentarse a las asechanzas e intereses de los dirigentes de los partidos políticos y diputados. De esta manera el Consejo Estatal Electoral (CEE) estará conformado, no por simple ciudadanos, sino por ex burócratas electorales que son los únicos que pueden satisfacer tales exigencias. No me extrañaría que algunos de los que creen que merecen ocupar las primeras 9 posiciones en el CEE, de nueva cuenta, si no son electos, vuelvan a recurrir al TEPJF a promover otro juicio para la protección de sus derechos político electorales argumentando que son mejores que los electos; por lo que ante una situación de caos e incertidumbre como esta, el IFE se haga cargo del proceso electoral potosino en el 2012.
Martín Faz fue el único que advirtió a los magistrados que la convocatoria contiene elementos que van más allá de los legalmente exigibles, como es la experiencia en materia electoral, y que en ningún momento se precisó qué valor y a qué método de calificación se someterían esos requisitos. La Sala Superior resolvió que su observación era inoperante, toda vez que el enjuiciante debió controvertir en el momento procesal oportuno, la citada Convocatoria, sin haberlo hecho; y que por lo tanto, al aceptar las condiciones y términos precisados en la misma, se sometió al procedimiento de selección de Consejeros ciudadanos, al participar como aspirante y, en consecuencia, ante la falta de impugnación oportuna es claro que la consintió tácitamente.
Tampoco me extrañaría que como represalia en contra de Alfonso Normandía, el principal promotor de esta nueva embestida, lo dejen fuera de la lista de los candidatos que se llevará al Pleno, argumentando que plagió una buena parte del ensayo que presentó para cumplir con los requisitos de la convocatoria, como quedó documentalmente exhibido, y que ante esta falta de probidad no puede ocupar un cargo en el que se exige credibilidad y confianza. Lo mismo le puede ocurrir al también plagiario y ex vocal ejecutivo del IFE en San Luis Potosí y Aguascalientes, Héctor Gerardo Hernández Rodríguez, quien bajo estas nuevas reglas sería el candidato mejor calificado; aunque el recurso más efectivo con el que cuentan los diputados para ahuyentar a la mayoría de los aspirantes es suprimiendo sus remuneraciones en el presupuesto de egresos del próximo año, para que en esas condiciones los consejeros electorales vuelvan a sus orígenes, cuando sus posiciones eran honoríficas y no se les retribuía económicamente.
El TEPJF ya no quiso entrar a resolver el fondo de todos los otros agravios que se plantearon en la demanda, sin embargo coincidió en las descalificaciones que hicieron Alfonso Normandía y José Montalvo Pérez, en el sentido de que los consejeros ciudadanos electos Gabriel Guerra Malacara,Rosa Jimena Gómez Jimeno,Miguel Maya Romero, Flor de María Salazar Mendoza yGuillermo Gerardo Castro Patton no tienen experiencia laboral en materia electoral y por lo tanto son inelegibles porque no cumplen con los requisitos de la convocatoria.