Inicio / Quiénes somos / De mano en mano / Contacto
Documentos / Reportes / Colaboradores / Guías y formatos / Legislación / Sitios de interés
Documentos / Reportes / Colaboradores / Guías y formatos / Legislación / Sitios de interés
Ignorar la Ley
Por JUAN ANTONIO GONZÁLEZ
Julio 24, 2012
El pliego de observaciones que hizo la Auditoría Superior del Estado al ejecutivo estatal respecto del resultado del proceso de auditoría a dependencias y entidades públicas sobre el ejercicio fiscal 2011, ofrece una amplia variedad de irregularidades en el actuar de funcionarios e instituciones públicas.
Hay casos inexplicables que reflejan el desorden que priva en la administración pública y uno de ellos es el tema de la seguridad pública, donde se supone, debiera ser el orden y la debida organización lo que resalte, pero no es así.
Raúl Arredondo Quintero, está donde no debe de estar y ejerce un cargo que no le corresponde.
El Informe Final de Auditoría de la Cuenta Pública 2011 de Gobierno del Estado, destaca entre sus principales observaciones al ejecutivo, el hecho de que Arredondo Quintero ocupa ilegalmente el cargo de Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública.
En la página 618 de ese informe de la Auditoría Superior del Estado, se anota que “de acuerdo a la legislación vigente durante el ejercicio 2011, se determina que el cargo de Secretario Ejecutivo de Seguridad Pública le corresponde al Secretario de Seguridad del Estado, situación a la cual no se dio cumplimiento, toda vez que el cargo fue ocupado por otro funcionario adscrito a esa Secretaría”.
A ese desacato a la ley, se suma el subejercicio de recursos públicos federales que no fueron aplicados en tiempo y forma de acuerdo con los convenios establecidos con la federación, así como el incumplimiento de convenios en materia de profesionalización de las corporaciones policíacas.
El Informe descobija al ejecutivo en muchos sentidos y hace ver que no todo marcha tan bien como se pregona.
“En el ejercicio de algunos programas federales, se detectó que al 31 de diciembre de 2011 existieron recursos no ejercidos, dicha situación no deriva de la falta de recursos financieros, sino de una inadecuada planeación para la ejecución de las obras y acciones contempladas en los convenios celebrados”.
“De la revisión efectuada a la Cuenta Pública 2011, fue posible verificar que no se implementaron medidas estrictas para alcanzar los objetivos señalados en el Acuerdo Administrativo que establece las Medidas de Austeridad y Disciplina del Gasto de la Administración Pública Estatal”.
“Del comparativo entre los datos informados en la Cuenta Pública y los registros en el Sistema Integral de Administración Financiera (SIAF) respecto a los ingresos y egresos reportados por Organismos Descentralizados, se determinó que existen variaciones en dichos conceptos, mismas que no fueron justificadas”.
“No fue posible conciliar la información contable y presupuestal de algunas dependencias y entidades con la que emite la Secretaría de Finanzas en el Sistema Integral de Administración Financiera (SIAF), por lo que es de observarse loa falta de apego a lo establecido por los artículos 71 y 72 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de San Luis Potosí”.
“De las revisiones a los entes auditados fue posible constatar que existen ingresos que no fueron enterados o informados a la Secretaría de Finanzas, para que posteriormente fueran ejercidos por las mismas generadoras mediante la autorización correspondiente, aunado a que dichos recursos no fueron incorporados a los ingresos de la Cuenta Pública estatal”.
“La Secretaría de Finanzas registró en Cuenta Pública algunos fondos o recursos de programas específicos como ejercidos en su totalidad, sin embargo, una vez analizado el movimiento, éste se refiere únicamente al traspaso del recurso a otras dependencias ejecutoras o incluso dentro de la misma Secretaría de Finanzas, lo anterior tiene como consecuencia que el manejo de algunas cuentas bancarias no registradas en Cuenta Pública se ejerza en forma discrecional y que por lo mismo se dificulte el seguimiento a la aplicación de los fondos”.
“Derivado del comparativo entre el capítulo de Servicios Personales que fue presupuestado con insuficiencia y los capítulos de Materiales y Suministros; Servicios Generales, Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas, Inversión Pública y Deuda Pública que fueron presupuestados con exceso, se pudo observar que se ejerció en exceso una cantidad global de 38 millones 814 mil 220 pesos, sin contar con presupuesto aprobado; lo anterior incumple los artículos 11, 15 7y 60 segundo párrafo de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público”.
“Se observó que la Secretaría de Finanzas aplica los gastos de algunas dependencias y entidades afectando únicamente el renglón de Transferencias, por lo que no se refleja el comportamiento real del ejercicio del presupuesto, para tal efecto, los gastos deben ser aplicados en los capítulos que correspondan”.
“Se detectaron dependencias que utilizaron como fuente de financiamiento interno, recursos provenientes de diferentes programas”.
“De la revisión a los Convenios de Coordinación celebrados entre Gobierno del Estado y algunas instancias federales, se pudo observar que el ejecutivo estatal entregó en forma parcial las cantidades a las que se comprometió a aportar de acuerdo a lo convenido”.
“De la revisión a los expedientes unitarios de obra, se detectó la falta de documentos esenciales que permitieran verificar los avances físicos y financieros, así como la correcta integración de los mismos”.
“Se detectó el funcionamiento de Comités y Subcomités de Adquisiciones dentro de algunas dependencias de la Administración Central del Ejecutivo, siendo ésta facultad exclusiva de la Oficialía Mayor”.
“Se observaron adjudicaciones directas que demuestran falta de apego a la Ley de Adquisiciones, se detectaron procedimientos de adjudicación en los que no fue posible determinar si la compra fue la mejor en cuanto a precio, calidad, oportunidad y financiamiento”.-
“Se determinó el incumplimiento por parte de contratistas y proveedores en cuanto a los tiempos de entrega de obras; de igual forma se observó la falta de aplicación de sanciones por ese motivo”.
“No se emitió el decreto administrativo mediante el cual se sectorice el Centro de Producción Santa Rita S. A. de C. V., ya que representa una empresa de participación estatal mayoritaria. De igual forma no se ha informado en forma trimestral al Congreso del Estado la situación que guarda el proceso de enajenación, toda vez que dicha obligación persiste en tanto no se transmita totalmente la propiedad, bienes, derechos y obligaciones que le corresponden al Centro de Producción”.
Son solo 32 observaciones y son solo por dieciséis millones de pesos las inconsistencias financieras, se podrá justificar, pero en el fono, lo que la ASE reporta es que en muchos casos, los funcionarios dependientes del ejecutivo hacen las cosas como quieren y no como lo ordena la ley.
Julio 24, 2012
El pliego de observaciones que hizo la Auditoría Superior del Estado al ejecutivo estatal respecto del resultado del proceso de auditoría a dependencias y entidades públicas sobre el ejercicio fiscal 2011, ofrece una amplia variedad de irregularidades en el actuar de funcionarios e instituciones públicas.
Hay casos inexplicables que reflejan el desorden que priva en la administración pública y uno de ellos es el tema de la seguridad pública, donde se supone, debiera ser el orden y la debida organización lo que resalte, pero no es así.
Raúl Arredondo Quintero, está donde no debe de estar y ejerce un cargo que no le corresponde.
El Informe Final de Auditoría de la Cuenta Pública 2011 de Gobierno del Estado, destaca entre sus principales observaciones al ejecutivo, el hecho de que Arredondo Quintero ocupa ilegalmente el cargo de Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública.
En la página 618 de ese informe de la Auditoría Superior del Estado, se anota que “de acuerdo a la legislación vigente durante el ejercicio 2011, se determina que el cargo de Secretario Ejecutivo de Seguridad Pública le corresponde al Secretario de Seguridad del Estado, situación a la cual no se dio cumplimiento, toda vez que el cargo fue ocupado por otro funcionario adscrito a esa Secretaría”.
A ese desacato a la ley, se suma el subejercicio de recursos públicos federales que no fueron aplicados en tiempo y forma de acuerdo con los convenios establecidos con la federación, así como el incumplimiento de convenios en materia de profesionalización de las corporaciones policíacas.
El Informe descobija al ejecutivo en muchos sentidos y hace ver que no todo marcha tan bien como se pregona.
“En el ejercicio de algunos programas federales, se detectó que al 31 de diciembre de 2011 existieron recursos no ejercidos, dicha situación no deriva de la falta de recursos financieros, sino de una inadecuada planeación para la ejecución de las obras y acciones contempladas en los convenios celebrados”.
“De la revisión efectuada a la Cuenta Pública 2011, fue posible verificar que no se implementaron medidas estrictas para alcanzar los objetivos señalados en el Acuerdo Administrativo que establece las Medidas de Austeridad y Disciplina del Gasto de la Administración Pública Estatal”.
“Del comparativo entre los datos informados en la Cuenta Pública y los registros en el Sistema Integral de Administración Financiera (SIAF) respecto a los ingresos y egresos reportados por Organismos Descentralizados, se determinó que existen variaciones en dichos conceptos, mismas que no fueron justificadas”.
“No fue posible conciliar la información contable y presupuestal de algunas dependencias y entidades con la que emite la Secretaría de Finanzas en el Sistema Integral de Administración Financiera (SIAF), por lo que es de observarse loa falta de apego a lo establecido por los artículos 71 y 72 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de San Luis Potosí”.
“De las revisiones a los entes auditados fue posible constatar que existen ingresos que no fueron enterados o informados a la Secretaría de Finanzas, para que posteriormente fueran ejercidos por las mismas generadoras mediante la autorización correspondiente, aunado a que dichos recursos no fueron incorporados a los ingresos de la Cuenta Pública estatal”.
“La Secretaría de Finanzas registró en Cuenta Pública algunos fondos o recursos de programas específicos como ejercidos en su totalidad, sin embargo, una vez analizado el movimiento, éste se refiere únicamente al traspaso del recurso a otras dependencias ejecutoras o incluso dentro de la misma Secretaría de Finanzas, lo anterior tiene como consecuencia que el manejo de algunas cuentas bancarias no registradas en Cuenta Pública se ejerza en forma discrecional y que por lo mismo se dificulte el seguimiento a la aplicación de los fondos”.
“Derivado del comparativo entre el capítulo de Servicios Personales que fue presupuestado con insuficiencia y los capítulos de Materiales y Suministros; Servicios Generales, Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas, Inversión Pública y Deuda Pública que fueron presupuestados con exceso, se pudo observar que se ejerció en exceso una cantidad global de 38 millones 814 mil 220 pesos, sin contar con presupuesto aprobado; lo anterior incumple los artículos 11, 15 7y 60 segundo párrafo de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público”.
“Se observó que la Secretaría de Finanzas aplica los gastos de algunas dependencias y entidades afectando únicamente el renglón de Transferencias, por lo que no se refleja el comportamiento real del ejercicio del presupuesto, para tal efecto, los gastos deben ser aplicados en los capítulos que correspondan”.
“Se detectaron dependencias que utilizaron como fuente de financiamiento interno, recursos provenientes de diferentes programas”.
“De la revisión a los Convenios de Coordinación celebrados entre Gobierno del Estado y algunas instancias federales, se pudo observar que el ejecutivo estatal entregó en forma parcial las cantidades a las que se comprometió a aportar de acuerdo a lo convenido”.
“De la revisión a los expedientes unitarios de obra, se detectó la falta de documentos esenciales que permitieran verificar los avances físicos y financieros, así como la correcta integración de los mismos”.
“Se detectó el funcionamiento de Comités y Subcomités de Adquisiciones dentro de algunas dependencias de la Administración Central del Ejecutivo, siendo ésta facultad exclusiva de la Oficialía Mayor”.
“Se observaron adjudicaciones directas que demuestran falta de apego a la Ley de Adquisiciones, se detectaron procedimientos de adjudicación en los que no fue posible determinar si la compra fue la mejor en cuanto a precio, calidad, oportunidad y financiamiento”.-
“Se determinó el incumplimiento por parte de contratistas y proveedores en cuanto a los tiempos de entrega de obras; de igual forma se observó la falta de aplicación de sanciones por ese motivo”.
“No se emitió el decreto administrativo mediante el cual se sectorice el Centro de Producción Santa Rita S. A. de C. V., ya que representa una empresa de participación estatal mayoritaria. De igual forma no se ha informado en forma trimestral al Congreso del Estado la situación que guarda el proceso de enajenación, toda vez que dicha obligación persiste en tanto no se transmita totalmente la propiedad, bienes, derechos y obligaciones que le corresponden al Centro de Producción”.
Son solo 32 observaciones y son solo por dieciséis millones de pesos las inconsistencias financieras, se podrá justificar, pero en el fono, lo que la ASE reporta es que en muchos casos, los funcionarios dependientes del ejecutivo hacen las cosas como quieren y no como lo ordena la ley.