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Victoria Labastida, un peligro para San Luis
Segunda Parte
Por EDUARDO MARTÍNEZ BENAVENTE
Diciembre 11, 2011
El Comité de Enajenaciones que se encargó de la subasta municipal debe dar a conocer al Cabildo y a la opinión pública el estudio financiero que le permitió otorgarle un crédito por más de 150 millones de pesos a una empresa que apenas en el mes de enero se constituyó con un capital social de 50 mil pesos, y que no ha incrementado; como también debe justificar las facilidades y prerrogativas que le concedió para que se hiciera del inmueble en perjuicio de la hacienda municipal, porque sería imperdonable que se repitiera en San Luis Potosí lo que ocurrió en el 2003 con la compra venta de los Invernaderos de Santa Rita, en la que una sociedad insolvente –moral y económicamente– pretendió quedarse con sus activos suscribiendo dos pagarés a favor del gobierno de Fernando Silva Nieto que nunca liquidó; por lo que me permito recomendarles –a los que adquirieron un lote de terreno en el condominio Monterra– que tomen sus precauciones porque las acusaciones que pesan sobre el Ayuntamiento seguramente tendrán sus consecuencias. Lo más juicioso sería que interrumpieran sus pagos y los consignaran a un juzgado hasta que se resuelva en definitiva si la subasta, por la que Grupo Constructor Iscamapi compró el inmueble, es válida o está viciada de origen y hay que revocar.
Hay elementos de sobra para desconfiar de la legalidad de esta operación porque además de los que se han venido denunciando, se puede advertir que en los contratos privados de compra venta que la empresa está celebrando con los compradores de buena fe, no se mencionan los antecedentes de propiedad ni los del régimen de condominio, probablemente porque no quieren que se enteren sus clientes que existe una cláusula de reserva de dominio que les prohíbe enajenar la propiedad hasta que no le hayan cubierto al Ayuntamiento la totalidad del precio convenido; y también, puede ser, porque el condominio todavía no esté autorizado, pues de lo contrario se indicaría en los contratos el indiviso que representan los condóminos sobre las áreas y elementos comunes del inmueble, lo que en este caso le impediría a Iscamapi salir a la venta pues estaría incurriendo en un fraude que se tipifica en el artículo 205 fracción XVI del Código Penal del Estado, y es aquel que cometen los que prometen transferir la propiedad sobre un inmueble sin el permiso previo de las autoridades competentes. En un Estado de Derecho, en el que las autoridades se rigen y respetan las leyes, los órganos de revisión y fiscalización ya hubieran intervenido, y el Congreso del Estado habría nombrado una comisión especial para investigar el atropello.
A base de corrupción e información privilegiada cualquiera pueda hacerse de un contrato de obra pública, lograr que descalifiquen a los postores que le estorban, ganar una licitación para vender un bien o un servicio a un precio mayor que el de sus competidores, o comprar a precio de ganga un inmueble que se subasta con las facilidades y privilegios con las que se llevó a cabo esta operación. Para evitar lo anterior, el doctor Fernando Toranzo creó un organismo ciudadano que se encargaría de vigilar las adquisiciones que realiza su gobierno porque sabe que aquí están las oportunidades para que se cometan toda clase de fechorías, el que lamentablemente fracasó porque no calculó que los conflictos de intereses y los protagonismos que provocaron su ex presidente y varios de los que lo acompañaron arruinarían su proyecto; y además, por haber colocado como contralor general a una persona sin oficio que no se atrevió a sancionar a los responsables de los ilícitos que selectivamente le señalaron.
Todo indica que el único postor del inmueble de las 20 hectáreas presentó su oferta en el último momento de la subasta, justo antes de que ésta se cerrara, y una vez que le filtraron información privilegiada que le aseguraba que nadie más se había presentado; lo que le permitió ofrecer lo mínimo por el inmueble y solicitar además una serie de facilidades que debieron ser rechazadas, como pagar el precio en cómodas mensualidades, que por cuenta del Ayuntamiento corrieran los gastos de la escritura, que le acercaran sin costo alguno los servicios municipales hasta su terreno, que no le cobraran intereses y que le agilizaran todos los trámites administrativos para estar en condiciones de comercializar el terreno. No podemos menospreciar las habilidades de los que se encargaron de que esta operación se concretara, como tampoco podemos ser tan ingenuos como para no advertir, con todos estos elementos, que varios funcionarios participan en las utilidades de este negocio en pago de sus servicios. Que no se nos olvide que el comité de adquisiciones del Ayuntamiento, en el que también participan los organismos empresariales, hace unos meses maniobró para que las sociedades que cotizaron más caro en una licitación pública se quedaran con los contratos para los proyectos de las obras que se pagarían con recursos del Fondo Metropolitano. Fueron ellos los que elaboraran los dictámenes que la Secretaría a cargo de Luis Nava Calvillo irresponsablemente avaló.
Merece especial atención por parte del Congreso del Estado la iniciativa de Ley de Ingresos del Municipio de San Luis Potosí para el ejercicio fiscal del 2012 que la próxima semana debe quedar aprobada, porque en los artículos transitorios se le otorgan al presidente municipal, tesorero y a otras autoridades fiscales una serie de atribuciones para reducir discrecionalmente hasta en un 50% la tasa establecida para el pago del Impuesto Predial y del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles, así como los derechos por el otorgamiento de licencias de construcción y otros gravámenes relacionados con la propiedad inmobiliaria a favor de cualquier persona que realice actividades empresariales y genere nuevas fuentes de trabajo; pues además de ser violatorios del artículo 114, fracción IV, inciso c) de la Constitución del Estado, y por no haberse adecuado la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado, serían una fuente de corrupción al permitir que funcionarios con estos antecedentes “puedan” cancelar de un plumazo una buena parte de las contribuciones municipales.
Por EDUARDO MARTÍNEZ BENAVENTE
Diciembre 11, 2011
El Comité de Enajenaciones que se encargó de la subasta municipal debe dar a conocer al Cabildo y a la opinión pública el estudio financiero que le permitió otorgarle un crédito por más de 150 millones de pesos a una empresa que apenas en el mes de enero se constituyó con un capital social de 50 mil pesos, y que no ha incrementado; como también debe justificar las facilidades y prerrogativas que le concedió para que se hiciera del inmueble en perjuicio de la hacienda municipal, porque sería imperdonable que se repitiera en San Luis Potosí lo que ocurrió en el 2003 con la compra venta de los Invernaderos de Santa Rita, en la que una sociedad insolvente –moral y económicamente– pretendió quedarse con sus activos suscribiendo dos pagarés a favor del gobierno de Fernando Silva Nieto que nunca liquidó; por lo que me permito recomendarles –a los que adquirieron un lote de terreno en el condominio Monterra– que tomen sus precauciones porque las acusaciones que pesan sobre el Ayuntamiento seguramente tendrán sus consecuencias. Lo más juicioso sería que interrumpieran sus pagos y los consignaran a un juzgado hasta que se resuelva en definitiva si la subasta, por la que Grupo Constructor Iscamapi compró el inmueble, es válida o está viciada de origen y hay que revocar.
Hay elementos de sobra para desconfiar de la legalidad de esta operación porque además de los que se han venido denunciando, se puede advertir que en los contratos privados de compra venta que la empresa está celebrando con los compradores de buena fe, no se mencionan los antecedentes de propiedad ni los del régimen de condominio, probablemente porque no quieren que se enteren sus clientes que existe una cláusula de reserva de dominio que les prohíbe enajenar la propiedad hasta que no le hayan cubierto al Ayuntamiento la totalidad del precio convenido; y también, puede ser, porque el condominio todavía no esté autorizado, pues de lo contrario se indicaría en los contratos el indiviso que representan los condóminos sobre las áreas y elementos comunes del inmueble, lo que en este caso le impediría a Iscamapi salir a la venta pues estaría incurriendo en un fraude que se tipifica en el artículo 205 fracción XVI del Código Penal del Estado, y es aquel que cometen los que prometen transferir la propiedad sobre un inmueble sin el permiso previo de las autoridades competentes. En un Estado de Derecho, en el que las autoridades se rigen y respetan las leyes, los órganos de revisión y fiscalización ya hubieran intervenido, y el Congreso del Estado habría nombrado una comisión especial para investigar el atropello.
A base de corrupción e información privilegiada cualquiera pueda hacerse de un contrato de obra pública, lograr que descalifiquen a los postores que le estorban, ganar una licitación para vender un bien o un servicio a un precio mayor que el de sus competidores, o comprar a precio de ganga un inmueble que se subasta con las facilidades y privilegios con las que se llevó a cabo esta operación. Para evitar lo anterior, el doctor Fernando Toranzo creó un organismo ciudadano que se encargaría de vigilar las adquisiciones que realiza su gobierno porque sabe que aquí están las oportunidades para que se cometan toda clase de fechorías, el que lamentablemente fracasó porque no calculó que los conflictos de intereses y los protagonismos que provocaron su ex presidente y varios de los que lo acompañaron arruinarían su proyecto; y además, por haber colocado como contralor general a una persona sin oficio que no se atrevió a sancionar a los responsables de los ilícitos que selectivamente le señalaron.
Todo indica que el único postor del inmueble de las 20 hectáreas presentó su oferta en el último momento de la subasta, justo antes de que ésta se cerrara, y una vez que le filtraron información privilegiada que le aseguraba que nadie más se había presentado; lo que le permitió ofrecer lo mínimo por el inmueble y solicitar además una serie de facilidades que debieron ser rechazadas, como pagar el precio en cómodas mensualidades, que por cuenta del Ayuntamiento corrieran los gastos de la escritura, que le acercaran sin costo alguno los servicios municipales hasta su terreno, que no le cobraran intereses y que le agilizaran todos los trámites administrativos para estar en condiciones de comercializar el terreno. No podemos menospreciar las habilidades de los que se encargaron de que esta operación se concretara, como tampoco podemos ser tan ingenuos como para no advertir, con todos estos elementos, que varios funcionarios participan en las utilidades de este negocio en pago de sus servicios. Que no se nos olvide que el comité de adquisiciones del Ayuntamiento, en el que también participan los organismos empresariales, hace unos meses maniobró para que las sociedades que cotizaron más caro en una licitación pública se quedaran con los contratos para los proyectos de las obras que se pagarían con recursos del Fondo Metropolitano. Fueron ellos los que elaboraran los dictámenes que la Secretaría a cargo de Luis Nava Calvillo irresponsablemente avaló.
Merece especial atención por parte del Congreso del Estado la iniciativa de Ley de Ingresos del Municipio de San Luis Potosí para el ejercicio fiscal del 2012 que la próxima semana debe quedar aprobada, porque en los artículos transitorios se le otorgan al presidente municipal, tesorero y a otras autoridades fiscales una serie de atribuciones para reducir discrecionalmente hasta en un 50% la tasa establecida para el pago del Impuesto Predial y del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles, así como los derechos por el otorgamiento de licencias de construcción y otros gravámenes relacionados con la propiedad inmobiliaria a favor de cualquier persona que realice actividades empresariales y genere nuevas fuentes de trabajo; pues además de ser violatorios del artículo 114, fracción IV, inciso c) de la Constitución del Estado, y por no haberse adecuado la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado, serían una fuente de corrupción al permitir que funcionarios con estos antecedentes “puedan” cancelar de un plumazo una buena parte de las contribuciones municipales.